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Su nombre se deriva del vocablo náhuatl Tzapotlán, que significa: lugar donde abundan los zapotes.
Antiguamente pertenecía al tlatoanazgo de Coinan, estando habitado por indígenas tecuexes y nahoas, agricultores de lengua tepecuexe.
Se desconoce la fecha de la fundación indígena, pero su primitivo asentamiento se realizó al noroeste de su actual localización, en el cerro "La Coronita".
En 1529, Nuño de Guzmán envía a Pedro Almíndez Chirinos a conquistar la región oriente y norte. Almíndez Chirinos llega a Tzapotlán nombrándolo Zapotlán de Rey, con motivo de que ese día era el onomástico del soberano español. Como muestra de su paso por esta población, Pedro Almíndez colocó una cruz de madera en el lugar en que hoy está situado el atrio de la iglesia parroquial.
En 1537, llega el encomendero, don Jorge Simón de Verapaz, quien trata de obligar a un grupo de nativos a que fundaran Santa Mónica de la Barca en tierra de Chicnahuatenco, éstos se opusieron dando lugar a que Jorge Simón incendiara el barrio de Tepeltac, lo que dio pie a que los indígenas se desplazaran a la localidad que él deseaba.
Después de la conquista, Tzapotlán siguió bajo la autoridad de los encomendadores españoles, quienes siempre prodigaron el mal trato a la población indígena, sujetándolos a la esclavitud.
En 1837, perteneció al departamento de Tepatitlán, distrito de La Barca. Hacia 1890, pasó al departamento de Atotonilco y, en 1895, al de Ocotlán.
En el decreto número 301, del 27 de abril de 1888, se dispone su pertenencia al municipio de Tototlán, y en 1890, pasa a ser comisaría de esa misma municipalidad con categoría de pueblo.
Por decreto número 1542, aprobado el 9 de enero de 1913 y publicado el día 13 del mismo mes, la comisaría política de Zapotlán del Rey- perteneciente al municipio de Tototlán,- se erigió en municipalidad.
1529 | Conquista la región el capitán español Pedro Almíndez Chirinos, el cual, con motivo de ser el día del onomástico del soberano español, nombra al lugar Zapotlán del Rey. |
1537 | El encomendero Jorge Simón de Verapaz incendió el barrio de Tepeltacy obliga a emigrar a un grupo de indígenas. |
1810 | El 11 de noviembre, en dirección a la ciudad de Guadalajara que había sido tomada por el insurgente José Antonio Torres, con quien iba a reunirse, pasó Miguel Hidalgo en compañía de su ejército, que había triunfado en la batalla del Monte de las Cruces. |
1913 | El 13 de enero, por decreto número 1542, la comisaría de Zapotlán del Rey fue elevada a la categoría de municipio. |
Es un escudo de forma francesa y tajado.
El emblema que representa a este municipio contiene en su cuerpo elementos que lo distinguen y caracterizan en la región y en el Estado.
El cerro de La Coronita alude al sitio donde se establecieron los primeros habitantes de Zapotlán quienes pertenecían a los pueblos tecuexes y nahoas. En la época prehispánica este pueblo pertenecía al tlatoanazgo de Coinan.
El árbol de zapote y los vocablos tzapotl (zapote) y tlán (lugar) son la representación gráfica de lo que significa el nombre del municipio, pues la palabra Zapotlán se traduce como “lugar donde abundan los zapotes”, “lugar de zapotes” o “junto a los zapotes”.
El libro y el tintero con pluma sobre el escritorio simbolizan la educación como uno de los valores fundamentales para los habitantes de esta municipalidad.
Los productos agrícolas, los ejemplares bovinos y el tractor cultivando el campo representan al ramo agropecuario como el principal sector económico del municipio.
La inscripción de la bordura es el lema que distingue a los oriundos de Zapotlán del Rey: Democracia, Cultura y Progreso.
El águila bicéfala, la corona y la cinta dorada aluden a la conquista española de este lugar, en 1529, por Pedro Almíndez Chirinos. El día que Chirinos llegó a Tzapotlán era la fecha del onomástico del Rey de España por lo que, en honor del monarca, nombró a este lugar Zapotlán del Rey, denominación que perdura hasta nuestros días.
Los colores oficiales del escudo son café, verdes y dorados.
Los autores del blasón son el Ing. Abel Morales Villaseñor y el señor J. Martín Solís Godínez.
En sesión de Cabildo, celebrada el 31 de enero de 1996, se declaró de manera oficial a este escudo como representativo del municipio de Zapotlán del Rey, Jalisco.
El municipio de Zapotlán del Rey se localiza al sureste del estado y al noroeste de la región de La Barca a la que pertenece, entre las coordenadas 20º 24' 00'' a 20º 34' 00'' de latitud norte y 102º 45' 30'' a 103º 04' 30'' de longitud oeste, a una altura de 1,550 metros sobre el nivel del mar.
Limita al norte con Zapotlanejo y Tototlán; al sur con Poncitlán; al este con Tototlán y Ocotlán; y al oeste con Juanacatlán.
Fuente: Los Municipios de Jalisco. Colección: Enciclopedia de los Municipios de México. Secretaría de Gobernación y Gobierno del Estado de Jalisco. 1988.
Su expansión territorial es de 320.90 kilómetros cuadrados.
Geología.- Los terrenos del municipio pertenecen al período Cuaternario, y están compuestos por rocas extrusivas ácidas, brecha volcánica, toba, conglomerados y arenisca.
Topografía.- La mayor parte del municipio es de tierras semiplanas, laderas y lomas, y más de la tercera parte son tierras planas de labor. Las zonas accidentadas representan una mínima proporción.
El clima del municipio es semiseco con invierno y primavera secos y semicálidos, sin estación invernal definida. La temperatura media anual es de 20.1°C con una precipitación media anual de 819.1 milímetros. La temporada de lluvias va del mes de junio al mes de octubre. Los vientos dominantes son de dirección este y el promedio de días con heladas al año es de 12.
El río Santiago, que proviene del oeste, lo limita al sur. Existen los arroyos de Agua Caliente, Cañada, Cañada de Chila, El Sauz, Tepehuaje, Rincón de la Cañada, Agua Fría, Los Sabinos y Humarán. Cuenta con los manantiales de Agua Caliente, Zapotlán, Cañada y Rincón de Chila; además de las presas de la Colinia, La Cañada y Chila.
El suelo dominante pertenece al tipo vertisol pélico; y como suelo asociado se encuentra el tipo feozem háplico.
La riqueza natural con que cuenta el municipio está representada por 2,900 hectáreas de bosque donde predominan especies de encino, pino, palo dulce, palo colorado y tepehuaje, principalmente.
La mayor parte del suelo tiene uso agrícola, sin restar importancia a la actividad pecuaria. La tenencia de la tierra en su mayoría corresponde a la propiedad ejidal y comunal.
La flora está compuesta por pastos naturales, pino, encino, palo dulce, palo colorado y tepehuaje, sin llegar a constituir zonas boscosas.
Destaca el cultivo de maíz, sorgo, trigo y garbanzo.
Se cría ganado bovino de carne y leche, porcino, caprino, equipo y colmenas.
La principal actividad industrial es la manufacturera.
Predominan los giros destinados a la venta de productos de primera necesidad y los comercios mixtos que venden artículos diversos.
Se prestan servicios técnicos, comunales, sociales, personales, administrativos y de mantenimiento.
Año | Población Económicamente Activa | |
Personas | Porcentaje | |
1980 | 4,028 | 33.44 |
1990 | 3,499 | 24.54 |
2000 | 4,727 | 30.54 |
2010 | 6,284 | 35.73 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.ingi.org.mx
Tasa de Participación Económica (%) | ||
1990 | 2000 | 2010 |
36.97 | 43.18 | 47.53 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx
Tasa de Ocupación (%) | ||
1990 | 2000 | 2010 |
95.60 | 99.17 | 95.93 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx
Sector Primario | Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca | (1) |
Sector secundario(Industria) |
Extractiva Manufacturera Construcción Electricidad y Agua |
(10) (2) (4) (9) |
Sector terciario(Servicios) |
Comercio Transporte y Comunicaciones Turismo Administración pública Otros. |
(5) (7) (8) (6) (3) |
Fuente: INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
Sector Primario | Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca | (1) |
Sector secundario(Industria) |
Extractiva Manufacturera Construcción Electricidad y Agua |
(10) (2) (4) (9) |
Sector terciario(Servicios) |
Comercio Transporte y Comunicaciones Turismo Administración pública Otros. |
(3) (7) (8) (6) (5) |
Fuente: INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
División Ocupacional | Distribución Porcentual |
Trabajadores agropecuarios | 43.07 |
Comerciantes y trabajadores en servicios diversos | 30.35 |
Trabajadores en la industria | 18.08 |
Profesionistas, técnicos y administrativos | 7.64 |
No especificado | 0.86 |
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2010, en http://www.inegi.org.mx
La infraestructura en planteles educativos es de 20 planteles de preescolar con un turno, 24 planteles de primaria en los cuales 5 tienen dos turnos, 8 telesecundaria, 1 secundaria técnica con turno matutino y en ella funciona la preparatoria con turno vespertino.
Fuente: Plande Desarrollo Municipal, 2007-2009, Zapotlán del Rey, Jalisco.
Concepto | Año | Población | Porcentaje en relación con la población total |
Alfabeta | 1980 | 4,619 | 38.35 |
1990 | 6,727 | 47.19 | |
1995* | 7,871 | 84.87 | |
2000* | 8,458 | 86.87 | |
2005* | 9,453** | 88.15 | |
2010* | 10,976 | 90.32 | |
Analfabetas | 1980 | 1,639 | 13.60 |
1990 | 1,443 | 10.12 | |
1995* | 1,401 | 15.10 | |
2000* | 1,270 | 13.05 | |
2005* | 1,266** | 11.80 | |
2010* | 1,116 | 9.18 |
*Porcentaje en relación con la población de 15 años y más
** Se refiere a la población de 15 años y más en condición para leer y escribir.
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Año | Población con primaria terminada | % respecto de la población alfabeta |
1990 | 1,948 | 28.95 |
2000 | 2,940 | 34.75 |
2010 | 3,170 | 28.88 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Nivel Escolar | Escuelas | Alumnos | Profesores |
Educación Inicial | 0 | 0 | 0 |
Preescolar | 24 | 728 | 40 |
Primaria | 30 | 2,337 | 101 |
Secundaria | 10 | 882 | 49 |
Bachillerato | 2 | 82 | 8 |
Profesional Medio | 0 | 0 | 0 |
Educación Especial | 1 | 63 | 4 |
* La cuantificación de escuelas, está expresada mediante los turnos que ofrece un mismo plantel y no en términos de planta física.
Fuente: SEIJAL. Sistema Estatal de Información Jalisco 2011, en www.seijal.gob.mx
La atención a la salud es prestada en el municipio por la Secretaría de Salud Jalisco y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), atendiendo el resto por consultorios particulares.
De la población derechohabiente son 21.28%, al IMSS son19.92% y al ISSSTE 1.24%.
Fuente: Plande Desarrollo Municipal 2007-2009, H Ayuntamiento de Zapotlán del Rey.
El renglón de bienestar social es atendido en sus diferentes vertientes por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), a través del Comité Municipal.
Unidades Médicas en Servicio* | |
Consulta Externa | 5 |
Hospitalización General | |
Hospitalización Especializada |
* De las Instituciones Públicas del Sector Salud
Fuente: INEGI. Anuario Estadístico 2006, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx
Concepto | % con respecto al total de la población del municipio | |
Población derechohabiente | 7,407 | 45.51 |
Población no derechohabiente | 8,777 | 53.93 |
Fuente: INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
Población derechohabiente | % con respecto al total de la población del municipio |
11,261 | 64.04 |
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
En lo referente a servicios de abasto al consumo popular, esta necesidad es cubierta por tiendas de abarrotes y comercios mixtos que venden alimentos y bebidas, las cuales se distribuyen en el municipio.
El municipio cuenta con centros deportivos que tienen en conjunto instalaciones adecuadas para la práctica de diversos deportes: fútbol, voleibol, basquetbol y atletismo.
Respecto a cultura y recreación, se cuenta con una infraestructura dotada de plaza cívica, parques, jardines, centro cultural, biblioteca, cine y centro social.
Cuenta, en su mayor parte, con los servicios de energía eléctrica, agua entubada y, en mejor proporción, drenaje. El tipo de construcción es de teja o bóveda de ladrillo en los techos, y adobe tabique o bloc en los muros.
Viviendas | Número de viviendas | Porcentaje en total de viviendas | ||||||||
1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | 1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | |
Viviendas totales | 2,801 | 3,048 | 3,381 | 3,830 | 4,340* | |||||
Con agua entubada | 2,077 | 2,546 | 2,765 | 3,667 | 4,162 | 74.15 | 83.53 | 81.78 | 95.74 | 95.90 |
Con agua entubada y drenaje | 1,557 | 2,214 | 2,499 | 2,411 | 4,183 | 55.58 | 72.63 | 73.91 | 62.95 | 96.38 |
Con energía eléctrica | 2,467 | 2,947 | 3,242 | 3,725 | 4,280 | 88.07 | 96.68 | 95.89 | 97.26 | 98.62 |
* Excluye "viviendas sin información de ocupantes" y refugios
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
El municipio ofrece a sus habitantes los servicios de alumbrado público, mercados, rastro, cementerio, vialidad, aseo público, seguridad pública, parques, jardines y centros deportivos.
En lo que concierne a servicios básicos, el 92.5% de los habitantes disponen de agua potable; el 84% de alcantarillado y el 97% de energía eléctrica.
Respecto a medios de comunicación, el municipio cuenta con correo, teléfono, fax y radiotelefonía.
Correos | Telégrafos | |
Administraciones | ||
Sucursales | ||
Agencias | 3 | |
Expendios | ||
Instituciones Públicas | 9 | |
Otras |
Fuente: INEGI. Anuario Estadístico 2006, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx
La transportación terrestre se realiza a través de la carretera Guadalajara- Poncitlán- La Barca.
Cuenta con una red de caminos revestidos, de terrecería y rurales que comunican a las localidades.
La transportación ferroviaria puede realizarse, utilizando la cercana estación de Poncitlán seguida por la línea México- Guadalajara. La transportación terrestre foránea, se efectúa en autobuses directos y de paso. La transportación urbana y rural se lleva a cabo en vehículos de alquiler y particulares.
Año | Población indígena | % en el municipio | Principal lengua indígena |
1995 | 3 | 0.01 | Insuficientemente especificado |
2000 | 31 | 0.20 | No especificado Yaqui |
2005 | 52 | 0.32 | No especificado Lenguas zapotecas |
2010 | 21 | 0.11 | s.d |
Fuente:
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Periodo | Porcentaje |
1970 – 1980 | -0.21 % |
1980 – 1990 | 1.69 % |
1990 - 1995 | 1.0 % |
1990 - 2000 | 0.8 % |
2005 - 2010 | 1.68 % |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. Aspectos Sociodemográficos de Jalisco. Indicadores de la población, 2000. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
Análisis Sociodemográfico por Región. Consejo Estatal de Población 2011, en http://coepo.jalisco.gob.mx
Periodo | Incremento +/Decremento - | Incremento relativo |
1980–1990 | 2,209 | 18.34 % |
1990–1995 | 762 | 5.34 % |
1995-2000 | 462 | 3.08 % |
2000-2005 | 796 | 5.14 % |
2005 - 2010 | 1,311 | 8.1 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Fuerte Expulsión |
1980 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 9,079 | 0.43 | 0.027 | |
Mujer | 5,949 | 0.28 | 0.018 | |
Total | 6,096 | 0.27 | 0.018 | |
12,045 | 0.27 | 0.01 |
1990 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 6,990 | 0.27 | 0.018 | |
Mujer | 7,264 | 0.27 | 0.018 | |
Total | 14,254 | 0.26 | 0.01 |
1995 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 7,432 | 0.25 | 0.01 | |
Mujer | 7,584 | 0.24 | 0.01 | |
Total | 15,016 | 0.25 | 0.01 |
2000 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 7,585 | 0.25 | 0.02 | |
Mujer | 7,893 | 0.24 | 0.02 | |
Total | 15,478 | 0.25 | 0.02 |
2005 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 7,926 | 0.24 | 0.02 | |
Mujer | 8,348 | 0.24 | 0.02 | |
Total | 16,274 | 0.24 | 0.02 |
2010 | Población | Porcentaje | ||
Sexo | Cantidad | Respecto al estado | Respecto al país | |
Hombre | 8,671 | 0.24 | 0.01 | |
Mujer | 8,914 | 0.24 | 0.01 | |
Total | 17,585 | 0.24 | 0.01 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Grupos de Edad | Habitantes | |||||
1980 | 1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | |
De 0 a 14 años | 5,730 | 6,065 | 5,682 | 5,495 | 5,511 | 5,418 |
De 15 a 64 años | 5,694 | 7,409 | 8,346 | 8,748 | 9,522 | 10,751 |
Mayores de 65 años | 564 | 771 | 928 | 988 | 1,202 | 1,402 |
No especificado | 57 | 9 | 60 | 247 | 39 | s.d |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
Análisis Sociodemográfico por Región. Consejo Estatal de Población 2011, en http://coepo.jalisco.gob.mx
Año | Habitantes por km2 |
1980 | 37.53 |
1990 | 44.41 |
1995 | 46.79 |
2000 | 48.23 |
2005 | 50.71 |
2010 | 54.80 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Año | Porcentaje de población | |
Urbana | Rural | |
1980 | 100.00 | |
1990 | 19.27 | 80.72 |
1995 | 18.50 | 81.49 |
2000 | 17.74 | 82.25 |
2005 | 18.76 | 81.24 |
2010 | 33.20 | 66.80 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Medio |
Fuente: CEDEMUN. Secretaría de Gobernación. Sistema Nacional de Información Municipal. 2002
Localidades de(Rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 21 | 612 | 4.29 |
100 a 499 | 12 | 3,398 | 23.83 |
500 a 999 | 4 | 2,275 | 15.96 |
1,000 a 1,999 | 4 | 5,222 | 36.63 |
2,000 a 2,499 | |||
2,500 a 4,999 | 1 | 2,747 | 19.27 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
Localidades de(Rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 35 | 593 | 3.9 |
100 a 499 | 13 | 3,411 | 22.7 |
500 a 999 | 5 | 2,808 | 18.7 |
1,000 a 1,999 | 4 | 5,425 | 36.1 |
2,000 a 2,499 | |||
2,500 a 4,999 | 1 | 2,779 | 18.5 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
Localidades de(Rango de habitantes) | Número | Porcentaje respecto al total de la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 31 | 505 | 3.26 |
100 a 499 | 14 | 3,903 | 25.22 |
500 a 999 | 3 | 1,960 | 12.66 |
1,000 a 1,999 | 3 | 4,206 | 27.17 |
2,000 a 2,499 | 1 | 2,158 | 13.94 |
2,500 a 4,999 | 1 | 2,746 | 17.74 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2001.
Localidades de:(Rango de habitantes) | Número | Porcentajerespecto al totalde la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 99 | 29 | 448 | 2.75 |
100 a 499 | 11 | 2,560 | 15.73 |
500 a 999 | 6 | 3,653 | 22.45 |
1,000 a 1,999 | 3 | 4,189 | 25.74 |
2,000 a 2,499 | 1 | 2,371 | 14.57 |
2,500 a 4,999 | 1 | 3,053 | 18.76 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 19,999 | |||
20,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda, 2005. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. Página web www.inegi.gob.mx México, 2006.
Localidades de:(Rango de habitantes) | Número | Porcentajerespecto al totalde la población | |
Localidades | Habitantes | ||
1 a 249 | 42 | 1,571 | 8.93 |
250 a 499 | 6 | 2,213 | 12.58 |
500 a 999 | 5 | 3,346 | 19.03 |
1,000 a 2,499 | 3 | 4,616 | 26.24 |
2,500 a 4,999 | 2 | 5,839 | 33.20 |
5,000 a 9,999 | |||
10,000 a 14,999 | |||
15,000 a 29,999 | |||
30,000 a 49,999 | |||
50,000 a 99,999 | |||
100,000 a 249,999 | |||
250,000 a 499,999 | |||
500,000 a 999,999 | |||
1 Millón y más |
Fuente: INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Año | Habitantes | Porcentaje respecto a la población del municipio |
1980 | 2,466 | 20.47 |
1990 | 2,747 | 19.27 |
1995 | 2,779 | 18.50 |
2000 | 2,746 | 17.74 |
2010 | 3,280 | 18.65 |
Fuente:
INEGI. X Censo General de Población y Vivienda, 1980. Estado de Jalisco. México, 1984.
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Principales Resultados por Localidad. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2002
INEGI. Censo de Población y Vivienda, 2010.
Entre la población de 5 años y más de edad de este municipio predomina la religión católica la cual es profesada por la mayoría de la población (95.50%); en menor proporción se encuentran Testigos de Jehová, creyentes de doctrinas evangélicas y protestantes (2.80%). Asimismo el 0.69% de los habitantes manifestaron no practicar religión alguna.
Fuente: Centro Estatal de Estudios Municipales. Perfiles 2012-2015
Destacan en este renglón, la parroquia de Nuestra Señora del Socorro; así como diversos cascos de haciendas distribuidos en el municipio.
De sus alimentos destacan la birria y barbacoa, en tanto que de sus bebidas, el mezcal.
El traje de charro y el vestido de china poblana.
Nuestra Señora del Socorro.- Es la festividad más importante, la cual tiene lugar en el último domingo de octubre de cada año.
Los dieciocho días previos a la festividad de Nuestra Señora del Socorro.- En este periodo, se traslada al “Niño” a la localidad de La Cañada; mientras conducen la imagen de la Virgen a otra localidad llamada Chila. Las procesiones que trasladan a ambas imágenes van acompañadas con música y cohetes. También se organizan serenatas, culminando los festejos con una procesión por las principales calles.
Cuenta con atractivos religiosos como la Parroquia de Nuestra Señora del Socorro, aunque también existen algunos cascos de haciendas dignos de ser admirados.
Entre los atractivos naturales de atractivo turístico, el municipio cuenta con bosques y paisajes destacados, entre los que se pueden mencionar: el mirador en el Cerro Grande, los Sabinos de Chila, Agua caliente del Tejocote y Agua caliente del poblado.
La caracterización del municipio mexicano tiene su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 115; que lo define como la base de la división territorial y de la Organización Política y Administrativa de los Estados.
La estructura del Municipio Libre entonces se marca en el citado texto constitucional en base a:
El principio de Soberanía de los Estados enmarcado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 40, 41 primer párrafo y 133, otorga a las Entidades Federativas la potestad para desarrollar, bajo la base constitucional, la legislación sobre la cual se desenvuelve la vida institucional y competencias del municipio libre como orden de Gobierno.
La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, Título Primero, Capítulo II "Del territorio del Estado", refiere que los municipios son aquellos señalados en la Ley que establece las bases generales de la administración pública municipal.
La Ley del Gobierno y la Administración Pública del Estado de Jalisco vigente desde el 22 de mayo de 2001, en el Título de Disposiciones Generales, señala que los municipios pueden determinar la constitución de Delegaciones Municipales, fijando requisitos que en los centros de población se deben cumplir en cuanto a la cantidad de habitantes (2,500), escuela primaria en funciones, disposición de terreno e infraestructura para la prestación de los servicios y que sea solicitado al Ayuntamiento por las dos terceras partes de su población; dejando la facultad del municipio de constituir Agencias Municipales para los demás centros de población.
Nombre | Población (Año/habitantes) | ||||
1990 | 1995 | 2000 | 2005 | 2010 | |
Cabecera Municipal: Zapotlán del Rey | 2,747 | 2,779 | 2,746 | 3,053 | 3,280 |
Ahuatlán | 1,532 | 1,573 | 1,739 | 1,876 | 2,069 |
Santiago Totolimixpan | 1,399 | 1,506 | 2,158 | 2,371 | 2,559 |
Tecualtitán | 1,250 | 1,229 | 1,229 | 1,113 | 1,267 |
Otatlán | 1,041 | 1,117 | 1,238 | 1,200 | 1,280 |
Fuente:
INEGI. Jalisco. XI Censo General de Población y Vivienda, 1990. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México. 1991.
INEGI. Jalisco. Conteo de Población y Vivienda, 1995. Resultados Definitivos. Tabulados Básicos. México, 1996.
INEGI. XII Censo General de Población y Vivienda, 2000. Principales Resultados por Localidad. Jalisco. Página WEB www.inegi.gob.mx(Abre en nueva ventana.) . México, 2002
INEGI. Jalisco. II Conteo de Población y Vivienda 2005, Resultados por Localidad, Página Web: www.inegi.gob.mx,México, 2007
INEGI. Consejo Estatal de Población 2010, en http://www.coepo.jalisco.gob.mx
La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco establece en su artículo 3º ": "Cada municipio es gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, Las competencias municipales deben ser ejercidas de manera exclusiva por el Ayuntamiento y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado."
En Jalisco los Ayuntamientos se integran por un Presidente Municipal, Regidores y un Síndico electos popularmente cada 3 años, según los principios de mayoría relativa y representación proporcional, en el número, las bases y los términos que señale la ley de la materia.
Estos principios y bases se encuentran en el Código Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, vigente desde el 6 de agosto de 2008, donde se reconoce a todos los integrantes del ayuntamiento el carácter de munícipes, regidores o ediles.
Este cuerpo normativo señala en el artículo 29 las bases a las que se sujeta la integración de regidores de mayoría relativa y de representación proporcional para cada Ayuntamiento dividiendo a los municipios según su número de habitantes en 4 categorías; 50,000 o menos, hasta 100,000, hasta 500,000 y municipios con población mayor de esa última cifra; ordenando la aplicación de criterios de equidad de género en la integración de las planillas—de no mas de 5 regidores de un solo sexo en planillas de 7 integrantes, hasta no mas de 9 regidores de un mismo sexo en planillas de 13—y fijando un máximo de regidores de representación proporcional—desde 4 hasta 8—.
Con base en estas disposiciones, la integración, en términos cuantitativos, del Ayuntamiento que esta en funciones en Zapotlán del Rey en el período 2012-2015, es la siguiente:
Número de regidores de mayoría relativa (incluye al Presidente y al Síndico): 7 (PRI)
Número de regidores de representación proporcional: 4 (2 del PAN y 2 del PRD)
Para el cumplimiento y observancia de sus competencias y funciones, el Ayuntamiento debe funcionar en comisiones permanentes o transitorias, con funciones de estudio, vigilancia y atención de los asuntos, mismas que en ningún caso tendrán funciones ejecutivas, según lo establece la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco—artículos 27 y 28—. El número de comisiones, sus características, funciones y facultades son libremente determinados por el Ayuntamiento mediante reglamento y son integradas con al menos 2 regidores.
En los Ayuntamientos que tienen quince ediles o más, las comisiones permanentes siempre son colegiadas.
En el marco de la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, el municipio en México se transforma de una organización que administra a un ente que desarrolla sus funciones públicas como un orden de Gobierno, esto se expresa en la facultad para crear, extinguir o modificar las dependencias y entidades que integran la administración centralizada y paramunicipal con los que se manifiesta como autoridad ante los gobernados, atribución delimitada únicamente por la capacidad presupuestal y las necesidades de cada municipio, como lo precisa el artículo 60 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
A efecto de describir la estructura orgánica funcional de la Administración Pública Municipal, la Ley en la materia del Estado de Jalisco resulta ser una base para establecer una estructura institucional básica; dicho ejercicio transita por la revisión de las responsabilidades que se desprenden de las obligaciones de los ayuntamientos señaladas en su artículo 37, como:
En ese orden, la Ley señala en su Título Tercero "De las autoridades municipales", figurando en primer lugar las obligaciones y facultades del Presidente Municipal (Artículos 47 y 48), de los regidores (artículos 49 y 50), para enseguida enlistar las figuras de autoridad siguientes:
El artículo 52 enlista entre sus principales obligaciones acatar las ordenes del Ayuntamiento, representar al Municipio en los contratos que celebre y en todo acto en que el Ayuntamiento ordene su intervención, ajustándose a las órdenes, e instrucciones que en cada caso reciba así como representar al Municipio, previa aprobación del Ayuntamiento, en todas las controversias o litigios en que éste sea parte; y entre sus facultades (artículo 53) refiere, entre otras, la de asistir a las visitas de inspección que se hagan a la oficina de la Hacienda Municipal e informar a la sociedad sus actividades.
El artículo 55 alude que en los municipios debe haber por lo menos un juez municipal, correspondiendo al Ayuntamiento determinar en sus reglamentos, el número de jueces municipales, así como la forma de organización y funcionamiento de los servidores públicos que los auxilien, atendiendo a las necesidades de la población y a las posibilidades de su presupuesto. Las atribuciones de un juez municipal se señalan en el artículo 58:
I. Conocer, calificar e imponer las sanciones administrativas municipales que procedan por faltas o infracciones a los ordenamientos municipales, excepto las de carácter fiscal;
II. Conciliar a los vecinos de su adscripción en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los órganos judiciales o de otras autoridades;
III. Llevar un libro de actuaciones y dar cuenta al Ayuntamiento del desempeño de sus funciones; y
Incluido en el mismo Título Tercero de la Ley en trato, el Capítulo V ubica esta figura dentro de la categoría de servidores públicos auxiliares del Ayuntamiento, puntualizando los requisitos para asumir el cargo entre los que se mencionan la escolaridad de bachillerato en municipios integrados hasta por 14 regidores y contar con título profesional, sin especificar el área o profesión, para Ayuntamientos con mayor número de regidores.
Entre sus facultades está formular las actas del Ayuntamiento y expedir copias, constancias, credenciales y demás certificaciones que le sean legalmente requeridas. Cabe señalar que esta función puede recaer en el Síndico previa aprobación por mayoría absoluta del Ayuntamiento.
Para este ramo de la Administración la Ley establece similares requisitos a los del Encargado de la Secretaría, acotando para el caso de Ayuntamientos con mas de 14 regidores, el acreditar experiencia o conocimientos en la materia y tener título en las áreas económico administrativas; este servidor público es responsable ante el Ayuntamiento del manejo de todos los valores a su cuidado, teniendo entre sus principales funciones el verificar la recaudación, el buen orden y debida comprobación de las cuentas de ingresos y de egresos; el envío al Congreso del Estado de las cuentas detalladas de los movimientos de fondos y aplicar los gastos, de acuerdo con el Presupuesto de Egresos aprobado por el Ayuntamiento.
Cabe señalar que para hacer efectivas las contribuciones, sanciones pecuniarias y demás arbitrios, la oficina encargada de la Hacienda Municipal es la única dependencia autorizada para ejercer la facultad económico-coactiva en los términos de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco.
La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal establece en su artículo 15 la facultad del Ayuntamiento de nombrar al titular del Órgano de Control Interno—generalmente referido como contraloría—a cuyo cargo está la aplicación de las sanciones en materia de responsabilidad administrativa a los servidores públicos reguladas en los artículos 106 y 107 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, Título Quinto, Capítulo III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.
La Ley en cita refiere en su Título Sexto "De los Servicios Públicos Municipales", que en cada municipio debe existir la policía preventiva municipal bajo el mando del Presidente Municipal, quedando hasta esta mención las Unidades Funcionales que como tal se expresan en la Ley. Es importante destacar que el resto de la estructura organizacional suele de tomar su denominación de la propia de las funciones y servicios públicos municipales a la libre determinación de los Ayuntamientos, situación que resulta aplicable a la luz de lo dispuesto en el Titulo Séptimo "De la organización y participación ciudadana y vecinal" que especifica las atribuciones del Ayuntamiento en la materia.
En esa misma tesitura se tiene el Título Octavo "De la Planeación del Desarrollo Municipal" que refiere a los comités de planeación para el desarrollo municipal como organismos auxiliares de los ayuntamientos, en la planeación y programación del desarrollo municipal; resaltando que cada Ayuntamiento determinará se estos comités forman parte de la administración pública municipal o funcionan exclusivamente como órganos de consulta ciudadana.
Finalmente el Título Undécimo "De los actos y procedimientos administrativos" señala que los ayuntamientos instituirán al funcionario, dependencia u órgano municipal con autonomía y definitividad en sus resoluciones, encargado de radicar y resolver las inconformidades planteadas por virtud de los actos administrativos emitidos por las autoridades municipales que los administrados consideren hayan afectado su interés jurídico.
En este orden la creación de organismos públicos descentralizados municipales es una facultad de los Ayuntamientos que de igual forma descansa en la mayor eficiencia en la prestación de servicios a la población y la disponibilidad presupuestaria, requiriéndose el voto favorable de la mayoría calificada de los integrantes del Ayuntamiento; acotando el artículo 60 que su existencia se dará de conformidad a lo establecido en los ordenamientos municipales y en las disposiciones legales federales y estatales aplicables en la materia. En el Estado de Jalisco las áreas de asistencia social (DIF Municipal), atención a las mujeres y a la juventud son las funciones que funcionan bajo esta modalidad de la administración.
Con el fin de que las acciones del ayuntamiento lleguen a todo el territorio municipal, los gobiernos locales habrán de realizarlas a través de autoridades auxiliares, las cuales actuarán en cada localidad como representantes administrativos y políticos del ayuntamiento.
Para el caso de Jalisco, esta responsabilidad recae en las figuras de los delegados y agentes municipales.
La designación de delegados y agentes municipales en los poblados que no sean cabecera de municipio es una facultad que la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal otorga a los Ayuntamientos (artículos 8 y 9).
La Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal, en su Título Primero Capítulo II, determina que los delegados municipales deben ser designados por el Ayuntamiento y removidos por éste mismo con causa justificada, previo respeto de su derecho de audiencia y defensa.
Asimismo instruye al Ayuntamiento para reglamentar el procedimiento de designación de los delegados, sus requisitos, obligaciones y facultades.
Por lo que toca a los agentes municipales, el artículo 9 de la citada ley establece que éstos deben ser nombrados por el Ayuntamiento a propuesta del Presidente Municipal, y removidos por el Ayuntamiento por causa justificada.
Y, al igual que en el caso de los delegados, el Ayuntamiento deberá reglamentar los requisitos para ser agente municipal, así como sus obligaciones y facultades.
El referido capítulo de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal faculta al Ayuntamiento para constituir delegaciones y agencias municipales en los centros de población que integran su territorio. Para el caso de las delegaciones se deberán observar bases mínimas de población, territorio e infraestructura urbana que se especifican en el artículo 7 numerales I a VI. Mientras que para las agencias municipales, éstas podrán constituirse si en Ayuntamiento lo considera necesario.
En el municipio de Zapotlán del Rey, se cuenta con delegación municipal en el poblado de Tecualtitán. Asimismo se cuenta con agencias municipales en las localidades de Otatlán, La Constancia, Chila, El Uvalano, Aztcatlán, Santiago Totolimixpan, Ahuatlán, Rincón de Chila, El Sauz, Los Cerritos, El Platanar, Rancho Nuevo, El Jabalí, La Campana, La Colonia, La Noria, La Cañada, La Víbora, Colonia Guadalupana, Potrero de Gómez, Meza de Amula, El Mirador y Soledad de Pérez.
El municipio de Zapotlán del Rey, está integrado en los Distritos Electorales Federal y Local número 15.
Reglamento Interno de Cabildo |
Reglamento General e Interno de Policía y Buen Gobierno |
Reglamento para el Uso de Vehículos Oficiales propiedad del Ayuntamiento. |
Reglamento para Delegados y Agentes Municipales. |
Fuente:
Centro Estatal de Estudios Municipales. Concentrado de Reglamentos Municipales, 2001-2003.
Centro Estatal de Estudios Municipales. Concentrado de Reglamentos Municipales, 2007-2009.
Nombre | Año |
Álvaro Maldonado Flores | 1983-1985 |
Raúl Hernández Hernández | 1986-1988 |
Jaime Castellanos Flores | 1989-1992 |
J. Jesús Castellanos Plascencia | 1992-1993 |
Rosalio González Guerrero | 1993-1995 |
Silverio Anaya Baldovinos | 1995-1997 |
J. Merced García Gama | 1998-2000 |
Juan Flores Ramírez | 2001-2003 |
Gumercindo Castellanos Flores | 2004 -2006 |
Hugo Armando Escobar Sahagún (interino desde abril) | 2006-2007 |
Daniel Nápoles Herrera | 2007-2009 |
Carlos Omar Godínez Nápoles | 2010-2012 |
J. Jesús Cuevas García | 2012-2015 |
Celso Flores Hernández | 2015-2018 |
Secretaría General de Gobierno
Subsecretaría de Gobierno para Asuntos del Interior
Dirección General de Desarrollo Municipal
Centro Estatal de Estudios Municipales de Jalisco
Archivo del Centro Estatal de Estudios Municipales (fotografías)
Número de emergencia
Denuncia escolar